La vice
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24 de mayo de 2022
Por: John Jairo Blandón Mena
La historia constitucional de Colombia se ha movido entre la figura de la vicepresidencia y de la designatura como formas de reemplazar las faltas temporales y absolutas del presidente. Desde Francisco Antonio Zea, casi una veintena de hombres ostentaron ese cargo en el siglo XIX, hasta que la Asamblea Constituyente convocada por Rafael Núñez en 1905 abolió esa posición y delegó en un ministro el eventual reemplazo del Jefe del Estado.
Sin embargo, la expedición de la Constitución de 1991 revivió la institución vicepresidencial después de 86 años. Y a la usanza de viejas cartas políticas del país, le otorgó la única función que un vicepresidente puede ejercer sin delegación presidencial: reemplazarlo, en caso de falta de temporal o absoluta. Esa atribución pareciera ser suficiente, si no fuera porque a juzgar por los últimos periodos, las faltas del primer mandatario son excepcionales. El único que en vigencia de la actual constitución asumió el poder de manera transitoria fue Carlos Lemos Simmonds, quien fungió como presidente interino por 12 días mientras Ernesto Samper Pizano se hacía un tratamiento médico en Canadá.
Y son muchos los críticos que cuestionan la forma como nuestra Constitución concibió a la institución vicepresidencial. El mismo exvicepresidente del segundo periodo de Juan Manuel Santos, Oscar Naranjo Trujillo afirmó recientemente que “el vicepresidente termina siendo un comodín frustrado en su aspiración de hacer más por el país”. Esto pareciera estar a tono con los numerosos intentos de varios legisladores de modificar y hasta de eliminar esta figura, que en palabras del expresidente Ernesto Samper Pizano se justica porque “es costoso mantener una persona cuya única función es levantarse para averiguar cómo está de salud el presidente, a quien solo puede reemplazar en caso de muerte”.
Lo cierto es que desde 1991, los vicepresidentes incluyendo a la actual, fueron designados como consecuencia de acuerdos político burocráticos entre partidos en coalición por el poder. De esto, puede excluirse solamente al mismo Oscar Naranjo Trujillo, quien en el segundo gobierno Santos fue nombrado vicepresidente para que se convirtiera, como de hecho lo fue, en uno de los escuderos del Proceso de Paz con las FARC. Lo cierto, es que esa función, instrumentalizada por los últimos gobiernos para que el vicepresidente continúe en el poder, ni siquiera ha podido cumplir con ese cometido. Ni Humberto De la Calle, ni Francisco Santos, ni Germán Vargas Lleras, ni Angelino Garzón, ni Marta Lucia Ramírez pudieron capitalizar después del ejercicio de su vicepresidencia la llegada a la jefatura del Estado.
Hoy, ad portas de una contienda electoral, que puede darle el triunfo a Gustavo Petro y a Francia Márquez, puedo asegurar que la próxima vicepresidencia será diametralmente distinta a las anteriores por tres razones: la primera, Francia Márquez es candidata vicepresidencial por disposición popular expresada en la pasada consulta. La segunda, el avance de Gustavo Petro se consolidó en buena medida por la figura y la presencia de Francia Márquez en la campaña. Y, la tercera, es que buena parte de la legitimidad popular y la conexión con sectores no alineados con la política tradicional la concretó Francia Márquez. Por éstas y otras razones, el ejercicio de la vicepresidencia de 2022 a 2026 no será convidado de piedra; sino que el accionar de Francia Márquez será necesario y fundamental para la concreción del Programa de Gobierno por el cual millones de colombianos votarán el próximo 29 de mayo.


