Reesclavización en Timbiquí, el río del oro

Por: Rudy Amanda Hurtado Garcés

Después que entra en vigencia la ley del 21 de mayo de 1851, la cual establece que “desde el día 1 de enero de 1852 serán libres todos los esclavos que existan en el territorio de la República”[i], la materialidad[ii] de dicha Ley es restringida tempranamente por las concesiones mineras del gobierno colombiano a compañías extranjeras entre mediados del siglo XIX y principios del siglo XX sobre las antiguas tierras[iii] de los enclaves mineros coloniales. Al abolirse formalmente la esclavización en Colombia, los antiguos enclaves mineros son ocupados principalmente por esclavizados/as con una nueva identidad ahora “libres” y “ciudadanos”.

Esta nueva identidad es truncada por las políticas mineras del gobierno del presidente Conservador Manuel Antonio Sanclemente (7 de agosto de 1899 – 31 de julio 1900), quien siendo presidente, en el año de 1899 concesiona a la compañía extranjera Timbiquí Gold Mine Ltda., el río Timbiquí y sus afluentes, la cual en el año de 1909 cambia de nombre, apareciendo en los archivos como The New Timbiquí Gold Mine Ltda. Timbiquí es una comunidad negra asentada desde la colonia en la Costa Pacífica Caucana. Las prácticas de ocupación de la The New Timbiquí Gold Mine Ltda., configuraron un proceso de reesclavización a la población negra asentada en el río Timbiquí.

De acuerdo con Yacup (1934), en su Libro Litoral Recóndito, The New Timbiquí Gold Mine Ltda., expidió un reglamento general el 01 de enero de 1915 para administrar la propiedad de sus tierras, las cuales ocupan 862 kilómetros cuadrados, es decir, más de la mitad de la superficie del municipio y algunas tierras de López de Micay. The New Timbiquí Gold Mine Ltda., estableció un contrato de arrendamiento sobre las tierras concesionadas, el cual consistía en que las familias negras debían pagar arrendamiento a la compañía sobre terrenos que les pertenecían por haber sido ocupados ancestralmente. Además, The New Timbiquí Gold Mine Ltda., limitaba a la población negra el uso del suelo y los bosques exclusivamente a la siembra de cultivos para la manutención. Cada familia negra debía entregar su fuerza de trabajo a The New Timbiquí Gold Mine Ltda., como forma de pago del contrato de arrendamiento. Sino lo hacían perdían el derecho de arrendamiento. Incluso la compañía creó una moneda propia, llamada ‘’la cachaloa’’, la cual circulaba como valor de cambio y de uso dentro de la jurisdicción de The New Timbiquí Gold Mine Ltda.

A pesar de los constantes reclamos, protestas y movilizaciones de la comunidad negra en defensa de la tenencia y posesión de sus tierras, al igual que la lucha por el reconocimiento de las mejoras realizadas de generación en generación a las tierras ocupadas ancestralmente, la institucionalidad departamental y nacional los desamparaba, la legislación les daba la espalda y, a cambio protegía a la compañía extranjera. Dicha situación, implicó por un lado, que poco a poco la población negra fuera abandonando el río Timbiquí, y por otro lado, las familias que quedaron fueron tratadas como semi-esclavizados, dada las condiciones jurídicas otorgadas por el gobierno a The New Timbiquí Gold Mine Ltda.

Estas relaciones de explotación y dominación fueron denunciadas por Justiniano Ocoró, quien exigía la nacionalización de la empresa, el reconocimiento de la ocupación ancestral de las tierras por parte de los pobladores nativos. Los atropellos de The New Timbiquí Gold Mine Ltda., se discutieron en un proyecto de ley presentado por el intelectual y político guapireño Sofonias Yacup Caicedo (1895 – 1947) al congreso el 22 de diciembre de 1930 con el objetivo de nacionalizar la compañía extranjera. Yacup, acude al discurso del liberalismo, citando la Convención Liberal de Apulo en 1930 del desecho de la opresión moviliza al partido liberal en defensa de la nacionalización, el proyecto se hundió en el primer debate.

El sistema de explotación y dominación que implementó mediante reglamento The New Timbiquí Gold Mine Ltda., en Timbiquí es un medio de producción similar a las relaciones de producción feudal. Este proceso de reesclavización operó bajo un sistema de producción de terraje y arrendamiento de enclave minero racializado, expresado en la relación antagónica entre el campesinado negro y la compañía extranjera. Situación que produjo la pérdida de derechos de libertad, la ciudadanía y la tierra, proceso que redujo a la población negra a nuevos procesos de reesclavización, mucho contaría también el río Condoto, Andagoya en la región del San Juan en el departamento del Chocó. Esta conflictividad hoy tiene muchas implicaciones en la disputa por el control territorial sobre las tierras colectivas en el territorio-región del Pacífico.

[i] Ley del 21 de mayo de 1851, recuperada de https://www.funcionpublica.gov.co/eva/gestornormativo/norma.php?i=12623´

[ii] La compañía Timbiquí Gold Mines Ltda., es propietaria de la explotación del aluvión del río Timbiquí y los derechos de explotación cubrían 865 kilómetros cuadrados del territorio. El oro producido en 1913 fue avaluado en £33.390 y en 1914 en £38.750 recuperado de https://repositorio.banrep.gov.co/bitstream/handle/20.500.12134/483/6.%20Miner%c3%ada.pdf?sequence=1&isAllowed=y;Miner

[iii] Los enclaves mineros coloniales pertenecían a las familias esclavista payanesa de los Mosquera y Arboleda

Sobre el autor

Rudy Amanda Hurtado Garcés. Antropóloga de la Universidad del Cauca (2013) y Magister en Sociología de la Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales – FLACSO, Ecuador (2016). Líneas de investigación, antropología histórica, marxismos negros, teoría crítica de raza y etnicidad, sociología histórica, movimientos sociales y acción colectiva, republicanismo negro y teoría anticolonial. Amplia experiencia en trabajo de campo e investigaciones en comunidades afrocolombianas. Asesorías en procesos de consulta previa y fortalecimiento organizativo a consejos comunitarios y organizaciones de base en comunidades afrocolombianas. Autora del libro: Disputas y tensiones sobre ciudadanía y multiculturalismo en Colombia: el proceso de comunidades negras (1990-2014). Flacso Ecuador, Quito, 2016.
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Miguel Ángel Alomía Riascos

Reconocimiento grande al trabajo investigativo. Es necesario que éste tipo de documentos salgan a la luz pública.

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