Un modelo de justicia escolar para la reparación histórica (2)
01 de diciembre de 2022
Por: Arleison Arcos Rivas
La justicia reparadora apunta a la consolidación de un marco normativo, político, económico y cultural en el que las injusticias y desproporciones que operan social e institucionalmente a consecuencia de los efectos prolongados de la esclavización, de manera que sean corregidas implementando acciones y tomando medidas que garanticen la no repetición de toda situación vejaminosa contra las y los africanos y su descendencia.
El cuestionamiento crítico que implica la reparación histórica, pone de presente la plataforma transnacional que estructuró un repertorio de tácticas y estrategias negreras que convirtieron la esclavización en un dispositivo macroeconómico con efectos desiguales y desproporcionados en favor de naciones, corporaciones y familias esclavistas, en detrimento de los pueblos africanos y su descendencia cautiva.
Por lo mismo, la ruptura transformadora con tal orden institucionalmente silenciado y económicamente blindado hasta ahora, hunde sus raíces en las prácticas instaladas por estados, iglesias, financistas especuladores y usureros, tramitadores jurídicos y contables, corporaciones rentistas, empresas navieras, filibusteros, hacendados y mineros que instalaron la mercantilización y el comercio con seres desposeídos de toda dignidad y valía humana en su procedencia y su progenie; objetualizados e instrumentalizados como negros cuerpos productivos esclavizados.
En el nuevo escenario jurídico y político de los derechos humanos en el siglo XXI, la reparación histórica pone cuerpo, acciones y recursos a la lucha por la dignificación de las naciones de África, las y los africanos y quienes, por siglos, han padecido las inclemencias que el sistema de usufructo del trabajo humano no pagado y esclavizado sembró en las dinámicas sociales de explotación económica, en las formas estructurales e institucionales del racismo y en las prácticas sociales de discriminación; demandando que sus responsables actúen eficazmente en el resarcimiento del daño provocado y sus prolongadas afectaciones.
En ese contexto, las oportunidades performativas, recreativas y transformadoras que la escuela escenifica de manera privilegiada, hacen manifiesta la urgencia por dotar a esa institución de herramientas críticas con las cuales sus actores puedan desenmascarar y encarar las dinámicas de esclavización, implementando procesos formativos conscientes que desengranen los resortes con los que tal crimen pudo ser instalado institucionalmente, y los responsables que se beneficiaron directamente del sostenimiento de las condiciones de cautiverio apostadas contra quienes padecieron tal infortunio, e incluso quienes padecen hoy las consecuencias de haber sido sometidos a escarnio y señalamiento por el antecedente esclavizado de sus antepasados.
Los vejámenes de la esclavización hacen patente el carácter industrial que asumió tal empresa promovida y patrocinado por los estados, incluso contra otros estados con los que batallaron por el poder mercante y el posicionamiento geográfico del tráfico, asentamiento y explotación territorial soportado en el desenraizamiento masivo, la cría europea de seres humanos convertidos en “negros” cautivos y su masiva importación hacia América, mercadeados con asientos y permisos legales, relaciones rentistas articuladas, soportes comerciales registrados y rutas productivas establecidas; en beneficio de naciones e imperios abiertamente partícipes de tal negocio.
Un sistema de justicia escolar favorable a la reparación histórica debe contribuir a que se acreciente el saber y la comprensión de los procesos institucionales tras la comercialización de seres humanos, favoreciendo el tránsito hacia una sociedad capaz de denunciar todo fenómeno denigratorio e indigno situado en el pasado, el presente y o el futuro.
En igual sentido, más allá de la justificación de los códigos societales y los soportes jurídicos y normativos con los que se justificó la esclavización, la escuela resulta convocada a la denuncia del proceso deshumanizador que representó la transformación de africanas y africanos en negros, instrumentos útiles para el laboreo, la minería y el trabajo rudo, pesado y lastimero. Como se colige por los trabajos de un amplio y diversificado conjunto de pensadoras e intelectuales como Sylvia Wynter, Frantz Fanon, Audre Lorde, Achille Mbembe, Angela Davis, Immanuel Ballerstein, Kimberlé Crenshaw, Etienne Balibar, Bell hooks o Yann Moulier Boutang, ese resorte opresivo se encuentra instalado en el seno del sistema mundo de capitales que articuló una división del trabajo que funcionó bajo una matriz económica en la que género, raza, clase y etnia operaron como factores de dominación transfronteriza y mundial que generó jerarquías en el disfrute de beneficios societales y opresiones en la alta representación del malestar y las injusticias. Dicho sea de paso, difícilmente se encuentran referencias a estas comprensiones y narrativas en las lecturas, tramas, y disciplinas que operan el contexto escolar.
La contribución fundamental que el currículo escolarizado puede ofrecer al propósito de desentrañar los Imaginarios racializados de la modernidad y estructurar la desmitificación las desigualdades tras el sostenimiento de la clasificación social en el modelo de capitales, pone a la política en el centro mismo de los debates educativos.
Asuntos como la invención del enemigo, la exaltación de la hidalguía, el sostenimiento de prerrogativas y figuras de culto, la vindicación de la hispanidad, la entronización de teorías sobre la igualdad y la diferencia humana, la identificación histórica de los usos de la fe y la religión, el develamiento de intereses económicos e ideológicos, y hasta el significado de lo humano y de la libertad pasan necesariamente por la comprensión de la esclavización como fenómeno de larga duración instalado en la conquista y colonización europea de América, denunciado y jurídicamente desmontado en las primeras décadas de la instauración republicana, pero soportado y tolerado en prácticas institucionales y actuaciones sociales aún bajo el Estado de Derecho y el constitucionalismo característico de las democracias liberales contemporáneas.
El reconocimiento y dignificación de los y las descendientes de africanas y africanos como sujetos con un pasado glorioso, afincado en una sólida y saludable comprensión histórica de África, sus naciones y pueblos, convoca a la escuela a implementar procesos de etnoeducación, educación propia e interculturalidad que posibiliten mejores relaciones y entronicen la convivencia respetuosa entre sujetos marcados por diferentes procedencias genéticas, territoriales, culturales, étnicas y nacionalidades, hoy presentes en sus aulas.
Tal comprensión de la escuela para la justicia reparadora, fortalece la visión de la producción de conocimiento histórico socialmente útil a la cualificación del presente y la performatividad o transformación del futuro, estimulando la no repetición como sustento de las acciones transformadoras que se proponen reparar y cambiar daño por bienestar para los pueblos étnicos y sujetos humanos que todavía padecen agravios, perjuicios y menoscabo de su integridad y dignidad expresados en insultos, persecución policial, observación en espacios comerciales, comparaciones animalescas, limitaciones en el acceso educativo, negación de oportunidades laborales o, en general, bloqueo en sus expectativas de trato decente y decoroso.
Una escuela para la justicia reparadora de la desproporción histórica debe asumir en sus prácticas escolares principios que fomenten la vida digna, el reconocimiento virtuoso, la garantía de derechos, la inclusión respetuosa, la colaboración armónica, la confianza humana y la reciprocidad intergeneracional y transcultural. Tal actuación justa, conlleva el compromiso de reivindicar la historia personal, grupal, colectiva, cultural y humana como riqueza que juega a favor y no en contra de seres humanos concretos.
La escuela reparadora resulta justa rompe con las tradiciones monoculturales y las narrativas exclusivistas. Opera así, cuando diseña sus prácticas, selecciona sus contenidos y propone el desarrollo autónomo de habilidades y competencias para que los sujetos actúen de manera solidaria, respetuosa y comprensiva de la diferencia humana, bajo el entendido de que el reconocimiento del otro y de la otra implica igualmente la incorporación de sus experiencias personales, grupales, culturales y étnicas al portafolio de evidencias con el que damos cuenta de la significación valiosa de la vida humana en su conjunto, justipreciando sus particularidades.
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En #LaNotaDelJueves próxima aportaremos algunos elementos que puedas ser incorporados al diseño de un currículo escolar para la justicia reparadora.