Los males del presidencialismo colombiano
Por: Arleison Arcos Rivas
El agotamiento del presidencialismo como régimen gubernamental representativo de la nación no sólo resulta manifiesto sino, además, costoso a los propósitos de la democracia; mucho más en Colombia, en la que las únicas alternativas para provocar recambios en la dirección del ejecutivo consisten en acudir ritualmente a las urnas cada cuatro años o esperar la contingencia de una falta definitiva del mandatario, caso en el cual sería reemplazado por su fórmula vicepresidencial.
Desde la configuración del Estado colombiano, frente al parlamentarismo y la federalización, ganó la discusión la instauración de un régimen unitario y centralizado que representa a la nación y la acoge en una figura dotada de autoridad estatal y mando gubernamental, con amplias facultades constitucionales y legales a las que se confiere la jefatura, dirigencia, ejecución y administración de los negocios públicos. Al mismo tiempo, como contrapeso, se establecieron controles y restricciones legislativas cuyo origen expresara las facciones políticas y los intereses societales del momento. Para cerrar la configuración estatal, se adoptó un modelo de juridicidad constitucional en apariencia por fuera del orden político faccional o partidista. Sin embargo, la alta concentración de funciones y prerrogativas del ejecutivo se ha extendido de tal manera que incluso la capacidad de legislar ha sido autorizada cuando no cedida de manera casi absoluta o pura al Presidente, quien expide decretos con fuerza de ley en circunstancias ordinarias en las que el Congreso le concede tal dispensa; así como en las tres modalidades en las que acude a la declaratoria de excepcionalidades.
Descontada la posibilidad de una guerra exterior, por esta vía hemos asistido a múltiples declaratorias de conmoción interior y de estado de emergencia. Tal como ocurre en el momento, en el que una avalancha de decretos legislativos (cerca de 140 relacionados con la pandemia, si las cuentas me salen) evidencian una plétora de iniciativas legislativas plagadas de dudosa intencionalidad para atender las contingencias manifiestas, en buena medida por el carácter político de las mismas, siendo que provienen de una presidencia con baja aceptación y popularidad pese al cómodo margen legislativo que le da una coalición mayoritaria en el Congreso.
Aunque las decisiones del ejecutivo bajo estados de excepción quedan sujetas a revisión posterior de constitucionalidad, los efectos de tales medidas en apariencia temporales no solo terminan regulando la atención de las situaciones sobrevinientes, sino que imprimen carácter permanente a los quereres del ejecutivo en asuntos económicos, especialmente en el denominado gasto social, tras la justificación de la atención a una condición hospitalaria y sanitaria sin parangón. De tales declaratorias provisorias provienen medidas permanentes como el cuatro por mil y la adopción de medidas sobre seguridad nacional, por ejemplo.
Siendo así, que las evidencias demuestran el uso abusivo de medidas de excepción tomadas para atender perturbaciones y emergencias de complejidad tal que el trámite legal y administrativo ordinario no podría conjurarlas, presentadas luego para su adopción permanente, sorprende que el Congreso de la República no haya decidido asumir en su momento el control político que la constitución le impele, así como tampoco parece que lo hará, instalado ya para la presente legislatura. La virtualidad de sus sesiones no está generando garantías de contrapeso a la capacidad normativa puesta en cabeza del ejecutivo, el cual de manera casi irrestricta y con los argumentos cargados de considerandos sobre lo largo y ancho del mundo. El confinamiento domiciliario de la ciudadanía tampoco ayuda a la contención de la voracidad normativa gubernamental, toda vez que bajo las actuales circunstancias de conminación por el peligro de contagio resulta impopular y gana poco respaldo la convocatoria a movilizaciones y actos de protesta.
Lo que el Congreso debería proponerse es la contención de la capacidad e incidencia decisional del ejecutivo en tiempos de emergencia, evidenciada como queda el sinnúmero de decisiones tomadas por la Presidencia de la República que a la postre sólo reflejan el propósito de proveer recursos líquidos y solventables a los bolsillos de los banqueros, han favorecido la dispersión normativa con la adopción de medidas para nada relacionadas con la pandemia y han generado un amplio margen de discrecionalidad presupuestal en los entes territoriales, aprovechado para adelgazar la visibilidad y vigilancia de las inversiones con cargo al erario, con la subsecuente proliferación de situaciones de elevación del riesgo fiscal, evaporación de recursos e incremento de la corrupción.