Congreso Nacional del pueblo afrocolombiano: ¿Para cuándo?

Por Última actualización: 18/11/2024

Por: John Henry Arboleda Quiñonez

Son cada vez más lejanos los recuerdos de la realización del último Congreso Nacional del pueblo negro, afrocolombiano, raizal y palenquero, espacio que tuvo lugar en la ciudad de Quibdó, capital del departamento del Chocó, entre el 24 y 27 de agosto de 2013. Ese fue un escenario de convergencia, discusión, articulaciones y re-encuentro de las expresiones organizativas que componen el movimiento social afrocolombiano. En ese espacio se demostró que había llegado el momento de concitarnos para generar las reflexiones sociales y políticas tendientes a transformar las realidades por las que atravesamos las personas pertenecientes a la diáspora africana, en esta nación. Las razones por las que se hizo imperativo convocar a las distintas dinámicas organizativas para finalizar en la gran asamblea del pueblo afrocolombiano, siguen siendo las mismas de siglos, décadas y lustros anteriores. Entre las que siempre se destacan están las condiciones adversas que circundan los proyectos de vida de la mayoría de los pobladores y poblaciones afrocolombianos, quienes siguen estando sometidos a vejaciones causadas por el racismo estructural, exclusión social y discriminación racial.

Sumado a esas razones histórico-estructurales desventajosas, encontramos condiciones que, en la mediana duración, empeoran las posibilidades de existencia del pueblo afrocolombiano. Entre ellas están las casi tres décadas del injustificado aplazamiento de la implementación total de la ley 70 de 1993, por parte del Estado. En la mediana duración también se encuentra la intensificación del conflicto armado y sus correlatos de desplazamiento forzado, la neo-colonización orientada junto a los embates de los jinetes de las economías extractivas (minería, palma aceitera y cultivos ilícitos), el confinamiento poblacional y la aparición de nuevas territorialidades dominadas por los actores armados legales, ilegales y extralegales que han dirigido su accionar hacia las tierras del pacifico colombiano. La sumatoria de todos esos fenómenos y estructuras han ido diezmando y desquebrajando la autoridad de los consejos comunitarios, esto, entre otras cosas, ha hecho que los hijos, nietos y bisnietos de antiguos esclavizados fueran ubicados como victimas centrales del conflicto armado y de las demás complejidades socioeconómicas y políticas del país. Esas situaciones y condiciones fueron los motores que impulsaron la convocatoria y posterior realización del Congreso Nacional del pueblo afrocolombiano.

En el desarrollo del mismo se establecieron importantes diálogos y debates con respecto a lo que las organizaciones abanderadas de la realización y las que en condición de participantes consideraron centrales en el ejercicio de reconducir las orientaciones políticas del pueblo afrocolombiano. En esa medida, se discutió intensa y seriamente en torno a:

Lecciones Aprendidas, Reglamentación Artículo 45: Comisión Consultiva, Espacio Autónomo, Protocolo de Consulta: Mesa de Concertación, Capítulo IV ley 70 de 1993 y Hoja de Ruta Reforma de las CAR, Capítulo V ley 70 y Hoja de ruta Código de Minas, Capítulo VI ley 70 y Hoja de ruta Ley de Igualdad de Oportunidades, Capítulo VII de la Ley 70 y Hoja de ruta Ley de Tierras y Desarrollo y Rural, Crisis Humanitaria, Víctimas y Reparación, Perspectiva Afro Urbana. (C.N.O.A. 2014). Esas disertaciones y posicionamientos organizativos redundaron en la necesidad de concebir y dar vida a una instancia superior y legitimada de interlocución entre las expresiones del movimiento social afrocolombiano y la institucionalidad estatal. Así surgió la denominada Autoridad Nacional Transitoria Afrocolombiana.

Esa “nueva” instancia estuvo basada en criterios de ampliación de la participación, el reconocimiento de las circunscripciones territoriales culturales y políticas autónomas y la apertura a recientes expresiones organizativas sectoriales. Todo ello con el objetivo y la misión de garantizar la pluralidad en la representación del movimiento social “que posibilitan la ejecución, seguimiento, monitoreo y evaluación de la ley 70 de 1993” (CNOA, 2014: 320). Con la creación de esa instancia fue la Asamblea General la que se pronunció, dejando claro que la completa implementación de la ley 70 de 1993 era una tarea urgente, pues las personas afrocolombianas ahí reunidas no estaban dispuestas a darle al gobierno ni a la sociedad colombiana más plazos para el pago de la vieja deuda que tenían con las hijas e hijos de la diáspora africana.

Siete años después de esa trascendental cita, luego del fervor organizativo que allí se vivió, y, pasado el fragor de las disputas políticas al interior del movimiento social, muchas y muchos nos preguntamos cuál ha sido el camino allanado por la autoridad nacional con respecto al mandato proferido por la asamblea. Nos preguntamos también, cuál ha sido el desempeño de cada uno de los delegados y delegadas en sus respectivos territorios. Además, nos cuestionamos cuál ha sido la ruta de gestión e interlocución que se ha desarrollado frente al Estado; y cuáles han sido los mecanismos de interacción operados por esta para seguir pensándonos el futuro de las comunidades afrocolombianas al interior del movimiento social.

Todos los interrogantes planteados en esta reflexión incitan a pensar que se hace necesario y urgente realizar un balance relacionado con el accionar de esa instancia, a la vez que promover la gestión con miras a la realización del próximo Congreso Nacional del Pueblo Afrocolombiano, escenario propicio para gestar las rutas de articulación y estrategias que redunden en la construcción y consolidación de una agenda propia para el movimiento social, con el propósito de avanzar en el objetivo de la implementación total de la ley 70…. Para cuando nos citamos y concitamos…. Estamos listos.